11/1/12

Carta de apoyo. Sevilla


Hola a Todos:

Ya está la carta de apoyo con el visto bueno de Salud y de su abogado. Os la copio aqui para que la enviéis a su correo electrónico con vuestro nombre y DNI. También para que le deis la mayor difusión posible. Yo la cuelgo en el blog.

La cita en fiscalía es el 13 de Enero. Su correo: segarraajuan@yahoo.es


A la Fiscalía de Protección del Menor
Avd. de La Buhaira Nº 29 1/A planta
41018- Sevilla
Sevilla.


Salud Segarra Juan educa a su hija Lola Márquez Segarra, de 7 años de edad en casa, consideramos que esta acción es ajustada a los derechos constitucionales y legales en España. No existe prohibición expresa alguna en ningún texto legal que impida educar en casa, como no existe tampoco esta prohibición en los diferentes convenios internacionales firmados por España, siendo por el contrario éste un derecho reconocido por la Organización de Las Naciones Unidas (ONU).
Entendemos que la actuación de Salud Segarra Juan es una actuación consciente y que, conocedora de sus deberes y derechos, ha asumido plenamente la responsabilidad de educar en el hogar, amparándose en la Constitución española, artículo 27.1 y artículo 27.3. Estos artículos reconocen la libertad de enseñanza y el derecho que tienen los padres de escoger en qué forma quieren educar a sus hijos.
Los tribunales, cuando han tenido oportunidad, han considerado que el derecho a la educación no se protege y garantiza únicamente a través de la escolarización y de la integración del alumno en el sistema educativo que diseña la Ley, sino que "la formación educativa, efectuada al margen de la enseñanza oficial, es perfectamente aceptable en el marco de libertades diseñado por la Constitución".
Hay sentencias favorables en este sentido pero sería largo enumerar; sin embargo sí queremos destacar que ya en lugares como el País Vasco, Andalucía o Cataluña, entre otras, existe jurisprudencia al respecto reconociendo la legalidad y viabilidad de esta opción legítima y creciente no sólo en Europa y en el mundo en general, sino también en España.
Dicho esto queremos reiterar que consideramos que este no es un caso de falta de responsabilidad por parte de los padres, ni de negligencia, ni tampoco de absentismo escolar, más bien al contrario, se podría calificar de un exceso de celo por ofrecer la mejor formación posible respetuosa con el niño y coherente con los valores de su familia, valores inscritos dentro de los valores democráticos del Estado español, y por lo tanto plenamente respetables.
Sirva pues el presente para mostrar nuestro apoyo a la familia y la manifestación de que compartimos plenamente los mismos sentimientos que animan a los padres a educar a sus hijos en casa.

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